Los magistrados se enfrentan por el proyecto de ley sobre el aborto

La más alta autoridad judicial de España – el Consejo General de Poder Judicial – ha votado 3 (los soclalistas y una nacionalista vasca) a 2 (los populares) para rechazar un informe inicial sobre el nuevo proyecto de ley de Zapatero sobre el aborto (técnicamente el anteproyecto de ley orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo).

Spanish pro-abortion march

Protesta pro aborto en España

Un nuevo informe, más favorable a los intereses del gobierno, está siendo redactado por la vocal propuesta por el PNV y será sometido a votación y devuelto al gobierno la semana que viene.

El informe inicial fue redactado por un vocal popular y cuestionó la constitucionalidad del nuevo proyecto de ley propuesto, con el argumento de que la Constitución española y la doctrina constitucional protegen el derecho a la vida, incluido el del feto todavía por nacer.

Los principales problemas para los populares son que Zapatero quiere una ley en la que:

  1. el aborto sea derecho de la mujer;
  2. el aborto se permita libremente hasta la semana catorce del embarazo;
  3. las menores con más de 16 años puedan abortar sin el permiso de sus padres;
  4. no se no mencione a la figura del padre, del varón, de la figura paternal;

Éste artículo de El País menciona dos referencias legislativas que parecen estar dando lugar a más discusión: el artículo 154 del Código Civil y la Ley de Autonomía del Paciente que permite a menores con más de 16 años a someterse a todo tipo de intervención quirúrgica sin el permiso de los padres, salvo el aborto, la inseminación artificial y los ensayos clínicos.

El artículo 154 del Código Civil español dice que:

Los hijos no emancipados están bajo la potestad de los padres.

La patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a su integridad física y psicológica.

Esta potestad comprende los siguientes deberes y facultades:

  1. Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
  2. Representarlos y administrar sus bienes.
Si los hijos tuvieren suficiente juicio deberán ser oídos siempre antes de adoptar decisiones que les afecten.

Los padres podrán, en el ejercicio de su potestad, recabar el auxilio de la autoridad.

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