Los magistrados se enfrentan por el proyecto de ley sobre el aborto
La más alta autoridad judicial de España – el Consejo General de Poder Judicial – ha votado 3 (los soclalistas y una nacionalista vasca) a 2 (los populares) para rechazar un informe inicial sobre el nuevo proyecto de ley de Zapatero sobre el aborto (técnicamente el anteproyecto de ley orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo).
Un nuevo informe, más favorable a los intereses del gobierno, está siendo redactado por la vocal propuesta por el PNV y será sometido a votación y devuelto al gobierno la semana que viene.
El informe inicial fue redactado por un vocal popular y cuestionó la constitucionalidad del nuevo proyecto de ley propuesto, con el argumento de que la Constitución española y la doctrina constitucional protegen el derecho a la vida, incluido el del feto todavía por nacer.
Los principales problemas para los populares son que Zapatero quiere una ley en la que:
- el aborto sea derecho de la mujer;
- el aborto se permita libremente hasta la semana catorce del embarazo;
- las menores con más de 16 años puedan abortar sin el permiso de sus padres;
- no se no mencione a la figura del padre, del varón, de la figura paternal;
Éste artículo de El País menciona dos referencias legislativas que parecen estar dando lugar a más discusión: el artículo 154 del Código Civil y la Ley de Autonomía del Paciente que permite a menores con más de 16 años a someterse a todo tipo de intervención quirúrgica sin el permiso de los padres, salvo el aborto, la inseminación artificial y los ensayos clínicos.
El artículo 154 del Código Civil español dice que:
Los hijos no emancipados están bajo la potestad de los padres.La patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a su integridad física y psicológica.
Esta potestad comprende los siguientes deberes y facultades:
Si los hijos tuvieren suficiente juicio deberán ser oídos siempre antes de adoptar decisiones que les afecten.
- Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
- Representarlos y administrar sus bienes.
Los padres podrán, en el ejercicio de su potestad, recabar el auxilio de la autoridad.
